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El Gobierno de Aragón impone una fianza de 500 euros por kilowatio fotovoltaico solicitado

Escrito por: Redaccion el 22 Nov, 2006 - 10:22 AM ADMINISTRACIÓN 
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Están exentas las instalaciones cuya potencia sea igual o inferior a 10 KW.

Los promotores de instalaciones fotovoltaicas en Aragón (España) tendrán que depositar una fianza de 500 euros por kilowatio (KW) solicitado cuando sus proyectos superen los 10 KW. La Orden entró en vigor ayer y afecta también a las peticiones que se encuentran en tramitación administrativa que tendrán tres meses para ejecutar las fianzas.

El Gobierno de Aragón sustituye la exigencia de una aval para tramitar la autorización administrativa, como marca el decreto-ley de 2005 del Gobierno central, por una fianza. La medida ha sido reiteradamente alentada por diversas organizaciones del sector para evitar la especulación sobre los puntos de conexión a la red y dar credibilidad a los proyectos.

La aprobación administrativa de una instalación estará sujeta a la acreditación de bienes de equipo, que deberán instalarse en el plazo máximo de seis meses una vez sea concedida.

La tramitación administrativa de una instalación fotovoltaica en Aragón queda así:

-Con la solicitud de incorporación al régimen especial deberá incluirse la licencia municipal o acreditación de haberla solicitado, y una oferta del proveedor de equipos garantizando la disponibilidad de los mismos en un plazo igual o inferior a seis meses.

-La ejecución del proyecto empezará en un plazo no superior a seis meses desde la consesión de la autorización administrativa.

-Imposición de una fianza para proyectos de instalaciones de 10 KW o más. Se depositará antes de solicitar el acogimiento al régimen especial y su resguardo acreditativo se pedirá para tramitar esta solicitud, así como para pedir a la compañía eléctrica el punto de acceso.

-La fianza se ingresará en forma de aval bancario, depósito en metálico o en valores del Estado, en la Caja General de Depósitos de la Diputación General de Aragón.

-La devolución de la fianza se producirá tras la constatación de la puesta en marcha de la instalación y cuando la compañía eléctrica informe sobre la imposibilidad de obtener el punto de acceso en el plazo de seis meses.

 
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Colaboradores:
Radiaciones, 2009